lunes, 25 de junio de 2012

Hay derechos para niños, derechos civiles, derechos sexuales, etc.… pero, ¿sabes si existe una declaración de derechos para la tercera edad?




¡Claro que existe!

En la declaración de Washington en 1961 hecha por la Asociación Internacional de Ciudadanos Ancianos y la Federación Para Personas Ancianas dice que “para proclamar y establecer el RESPETO A LA VIDA y  a la DIGNIDAD HUMANA, afirman  que:



La PERSONA ANCIANA TIENE DERECHO A LA EXISTENCIA FÍSICA (O MATERIAL). Esto implica:
-      La seguridad física y salvaguardada tanto en tiempos de paz como en tiempos de guerra.
-      La conservación de la salud por la ayuda y cuidados apropiados, instalaciones para la higiene, el cuidado y la asistencia geriátrica
-      El derecho a una vida normal y la posibilidad de mantener contacto con la naturaleza

La persona anciana tiene derecho a la vida económica. Lo cual supone:
-      Un retiro capaz de permitir el mínimo vital
-      Dar la posibilidad de participar de la vida social y cultural
-      Un hábitat decente y adaptado a las necesidades de la vejez
-      La posibilidad de hacer trabajo productivo y ejercer actividad útil
La persona anciana tiene derecho a la vida social. Comprende:
-      La posibilidad de vivir con sus semejantes de manera que se le impida la soledad
-      Mantener relaciones de simpatía con los otros estadios de la ciudad
-      Un estatuto especifico por parte de las autoridades; sin discriminación de raza, clase o creencia y sea cual sea su estado físico o mental
-      Una representación política eficaz, la posibilidad de colaborar con las instituciones democráticas y de participar en la elaboración de la ley

La persona anciana tiene derecho a una existencia cultural. Lo que entraña:
-      Libre acceso al trabajo de formación cultural
-      El libre acceso a los medios de información y divulgación de noticias
-      La posibilidad de ejercer una actividad recreativa y la de hacer participar a las generaciones siguientes de sus experiencias y conocimientos

La persona de edad tiene derecho a la autoeconomía. Lo que implica:
-      El derecho a estar exentos de trabajos que exijan esfuerzo físico o intelectual fuera de sus posibilidades
-      La libertad de formar su propia opinión
-      La libertad de tener su propia concepción del mundo y de organizar espiritualmente su propia vida interior.
-      La persona de edad, contrariamente a la juventud, no tiene los medios para defender sus derechos por si mismo; por tanto, depende directamente de la concepción de la dignidad humana.

No hay comentarios:

Publicar un comentario